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ETA Contado Por Quien lo Vivió Desde Dentro de la Justicia (Baltasar Garzón)

Uri SabatJune 30, 202640m
In a Nutshell

Baltasar Garzón explica su estrategia de desmantelar ETA investigando su estructura organizativa y financiación, inspirado en el modelo antimafia italiano, y relata casos clave como el secuestro de Ortega Lara. Critica la politización de la justicia, las filtraciones mediáticas y el uso de la acusación popular como arma política, defendiendo la jurisdicción universal y el derecho internacional frente a abusos de poder.

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Baltasar Garzón ingresó en la Audiencia Nacional en febrero de 1988 y permaneció hasta febrero de 2012, fecha de la sentencia del Tribunal Supremo que le inhabilitó. Durante ese periodo, salvo interrupciones puntuales por actividad política o su estancia en Nueva York University como senior fellow, desarrolló su labor judicial de forma continua.

Su decisión de trasladarse a la Audiencia Nacional se produjo cuando ocupaba el cargo de inspector de Tribunales de Andalucía en el Consejo General del Poder Judicial. Las motivaciones principales fueron su desacuerdo con el tratamiento que recibían en los juzgados ordinarios las investigaciones de corrupción y corruptelas, que consideraba que no se abordaban con la dureza necesaria.

Garzón tomó como referencia los modelos del pool antimafia y anticorrupción de Palermo, así como los jueces Giovanni Falcone y Paolo Borsellino en Italia. Aplicó un sistema de investigación centrado en la criminalidad organizada que buscaba siempre las conexiones, la naturaleza de las organizaciones, sus extensiones, mecanismos de financiación y entornos de desarrollo.

Este enfoque lo inició en 1989 y lo mantuvo hasta 2009 en el caso del entorno de ETA, sin perjuicio de continuar investigando cada atentado, impuesto revolucionario y secuestro de forma individual.

El asesinato de la fiscal Carmen Tagle el 12 de septiembre de 1989, que pertenecía a su juzgado y era amiga personal, le afectó profundamente. El atentado fue ejecutado por un comando de ETA mediante varios disparos.

En mayo de ese mismo año había tomado declaración en París a Josu Ternera y otros responsables de la organización, en el marco de la investigación del atentado contra la Dirección General de la Guardia Civil en Madrid.

Hasta entonces predominaba el sistema de "acción-reacción": tras cada atentado se producían detenciones, pero sin profundizar en las estructuras organizativas ni en la documentación intervenida. Garzón propuso a la policía un enfoque sistemático y analítico por focos, estimando que requeriría unos 20 años de trabajo (1989-2009).

Durante el secuestro de Ortega Lara, dos jueces titulares se negaron a asumir el riesgo por considerar insuficientes los elementos probatorios. La Guardia Civil acudió a Garzón, que estaba de guardia, y este autorizó la operación pese al riesgo personal de cargar con la responsabilidad en caso de fallo.

Garzón abrió la causa de investigación de los crímenes del franquismo y la causa de los GAL (conocida como "Burtel"). El entonces ministro del Interior Alfredo Pérez Rubalcaba le advirtió de que cerrara la causa inmediatamente porque le acarrearía consecuencias. Garzón rechazó la petición argumentando que era su obligación investigar.

Destacó la incoherencia de haber aplicado el principio de jurisdicción universal en causas contra la dictadura argentina y chilena (detención de Pinochet, procesamiento de integrantes de las juntas militares argentinas, crímenes contra el pueblo saharaui, torturas en Guantánamo), y negarse a investigar los crímenes franquistas cuando le correspondió por sorteo.

Hasta la fecha, la justicia española no ha reparado a las víctimas del franquismo. Aunque existen iniciativas como la Ley de Memoria Democrática y la Fiscalía de Memoria Democrática dirigida por Dolores Delgado, los tribunales cerraron las puertas a estas investigaciones.

Garzón fue suspendido de sus funciones por la causa del franquismo. Posteriormente enfrentó tres causas simultáneas: una archivada (inexistente según él), otra en la que fue condenado, y la del caso Gürtel en la que fue absuelto. El Comité de Derechos Humanos de Naciones Unidas declaró arbitraria y parcial la condena por el caso Gürtel y señaló la falta de doble instancia.

Durante su labor judicial, tanto él como toda su familia recibieron protección policial. Su hija menor, de 10 años, tuvo que acudir al colegio bajo protección. Consideró que este era el "canon" que debía pagarse por defender lo público.

Su trabajo en el entorno de ETA generó rechazo en determinados sectores que aún no le han perdonado. En algunos casos de jóvenes vinculados a la organización optó por medidas cautelares alternativas a la prisión, arriesgando su posición profesional porque consideró que merecían una oportunidad.

Durante la toma de declaración a Josu Ternera en Francia, la fiscal Carmen Tagle mostró una actitud muy impulsiva. Ternera se negó a declarar ante lo que consideró un "órgano judicial de un Estado represor".

Garzón subrayó la necesidad de no confundir justicia con venganza y de no equipararse a quienes traspasaron la línea de la legalidad. Destacó la dificultad de mantener la ecuanimidad ante la rabia y relató un incidente en Almería en el que, tras ser insultado por un ciudadano, evitó que sus acompañantes intervinieran y posteriormente pidió al juez que no impusiera una pena de prisión de cuatro años al agresor para no cargar con esa responsabilidad.

En Colombia participó en la misión de apoyo al proceso de paz y visitó cárceles para entrevistar a paramilitares y guerrilleros. Subrayó la necesidad de mantener "la mente fría" al establecer el equilibrio entre justicia, justicia transicional, reparación y garantías de no repetición, sin dejarse guiar por impulsos emocionales.

La detención de Augusto Pinochet se produjo tras informarse de que abandonaría Londres al día siguiente. Garzón emitió la orden de detención para evitar que escapara antes de prestar declaración. Posteriormente se activaron los mecanismos de cooperación y extradición.

En aquella época también se investigó a otros jefes de Estado en ejercicio (Hugo Chávez, Fidel Castro, Suharto, Mohamed VI). Garzón rechazó proceder contra ellos por el principio de igualdad entre Estados recogido en la Carta de San Francisco y la Convención de Viena sobre protección diplomática, que impide actuar contra jefes de Estado, cancilleres o ministros de Asuntos Exteriores en ejercicio salvo por un tribunal internacional.

La Corte Internacional de Justicia le dio la razón al resolver el caso Yerodia Ndombasi, en el que Bélgica había procedido contra el ministro de Asuntos Exteriores de la República Democrática del Congo.

Garzón calificó de acto de agresión la operación contra Nicolás Maduro por suponer una invasión de un país, el secuestro de una persona y la vulneración del principio de territorialidad sin declaración de guerra ni orden judicial interna. Mencionó la muerte de 103 personas y la previa dinamitación de lanchas por parte de Estados Unidos.

Defendió que no se puede romper la arquitectura internacional de derechos humanos y del derecho internacional humanitario construida desde la Segunda Guerra Mundial y los principios de Núremberg. Romper estas estructuras, según él, abre paso al fascismo, postfascismo o autoritarismo autocrático.

Criticó el genocidio en Gaza (72.000 muertos, en su mayoría civiles, y 20.000 niños) y señaló que la Corte Penal Internacional tiene competencia porque Palestina es parte del Estatuto de Roma. Estados Unidos, que no pertenece al Estatuto, impuso sanciones contra nueve jueces y dos fiscales de la CPI.

Garzón rechazó que hablar de derechos humanos sea considerado un discurso político. Afirmó que la Sala Segunda del Tribunal Supremo constituye el verdadero poder político en España por carecer de contrapesos efectivos.

Señaló que las sentencias del Tribunal Supremo contra aforados se dictan en única instancia (ejemplo: condena de 24 años). Preguntó qué ocurre si los siete magistrados se equivocan y recordó que el Comité de Derechos Humanos de la ONU declaró arbitraria y carente de doble instancia su propia condena.

Criticó la destrucción mediática y civil de José Luis Rodríguez Zapatero y su familia, incluyendo la difusión de fotografías de joyas de la caja fuerte. Consideró que esto vulnera el secreto de las actuaciones y los derechos de los investigados.

Recordó que el artículo 301 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal establece que las causas penales son secretas durante la instrucción salvo para las partes. Denunció que las filtraciones a medios y redes sociales constituyen manipulación de la justicia, no transparencia.

Citó el caso reciente de Begoña Gómez, en el que el abogado conoció las medidas cautelares por la prensa antes que por cauces judiciales.

Alertó sobre la pérdida de autonomía y derechos debido a la manipulación a través de plataformas e inteligencia artificial. Definió los derechos como "material biodegradable".

Señaló que las fake news resultan más creíbles que la verdad porque apelan a las emociones, mientras que la verdad requiere argumentación. Mencionó que Vox y la extrema derecha aprovechan este mecanismo.

Puso el ejemplo de la sanidad pública: eliminar a los trabajadores migrantes provocaría un colapso que retrasaría intervenciones quirúrgicas durante años.

Afirmó que cada persona debe comprometerse en la defensa de los derechos adquiridos. Declaró tener convicciones progresistas y que combate activamente a quienes pretenden revertirlos, aunque respeta las demás opciones políticas.

El ponente expresa el dolor personal que le genera la actual situación de degradación de la justicia y la falta de confiabilidad en el sistema. Señala que ha dedicado media vida a trabajar a favor de la justicia como servicio público, convencido de que era su obligación, y cuestiona por qué no defenderla frente a esta degradación. Afirma que no tiene por qué estar permanentemente criticando resoluciones judiciales ni defendiéndose de ellas, pero considera necesario actuar cuando observa irregularidades.

Se describe cómo, antes de que se incoen procedimientos judiciales por acción de querellantes y denunciantes oficiales, ya se observa la participación de organizaciones como Manos Limpias, Hazte Oír, Vox y el Partido Popular. Se señala que esto funciona como una prolongación de acciones políticas o en apoyo de determinadas opciones. Se menciona también el caso de una asociación de fiscales ultraconservadora (PIF) que ejerce la acusación popular en el caso del fiscal general, así como la actuación del Colegio de Abogados de Madrid, del que el ponente es miembro pero cuya dirección no le ha representado, sin que ello haya alterado su secreto profesional.

Se enfatiza la necesidad de contención y de tomar medidas, volviendo al poder judicial como "piedra de toque" que tiene la obligación de aceptar todo lo que le llega. Se plantea la pregunta fundamental: ¿qué busca realmente quien ejerce la acusación popular? ¿La defensa de lo público o la defensa de intereses particulares y políticos? Si se trata de lo segundo, se está en el terreno de la Lafer, es decir, la instrumentalización política del derecho y el uso de la justicia como arma.

Se aclara que la justicia puede utilizarse legítimamente como arma, siempre que sea en defensa del Estado de derecho y con todas las garantías. Se recuerda la expresión de Gabriel Celaya: "un arma cargada de futuro". Sin embargo, se advierte contra alterar la composición del sistema y utilizarlo como instrumento para fines corporativos, económicos, políticos o mediáticos.

Respecto a la investigación abierta al expresidente del Gobierno José Luis Rodríguez Zapatero, se señala que el término "imputación" ya no existe en la ley desde 2015, aunque se sigue utilizando. El ponente procura emplear el término correcto "investigado", introducido por la ley para evitar la carga peyorativa de "imputado". Reconoce que históricamente puede tener cierta responsabilidad en el uso del término "imputación" y "auto de imputación", ya que fue uno de los primeros en utilizarlo en resoluciones de la Audiencia Nacional para garantizar derechos.

Afirma no haber dicho que la investigación sea improcedente, sino que habrá que esperar a ver qué resulta de ella. Expresa respeto a la autoridad judicial, aunque algunos aspectos de la investigación le generan reservas.

Se considera inaceptable la lapidación mediática y social sufrida por el expresidente del Gobierno, especialmente en relación con el tema de las joyas, que surgió como hallazgo casual. Se señala que, aunque el juez habrá motivado su incorporación, de ahí a considerarlo parte de una investigación de aprovechamiento económico hay que ser muy cautelosos. El expresidente ha pedido diez días para aportar los elementos que considere necesarios; una vez hecho esto, se podrá opinar, sin que ello implique necesariamente trascendencia jurídico-penal.

Una de las críticas se refiere al uso de un mecanismo de investigación consistente en conversaciones de un teléfono de un ciudadano venezolano intervenido por Homeland Security Investigation en 2021 en la frontera de Estados Unidos, en Miami. El teléfono fue clonado y, cinco años después, aparece en una investigación europea y española. Como juez de instrucción, el ponente indica que habría analizado primero el origen, la generación y el desarrollo de esa prueba antes de decidir su utilización. Considera que el juez instructor ha invertido la pirámide, lo que podría generar un desarrollo negativo posterior.

Se relata la experiencia personal como instructor en la Operación Tigris (caso de yihadismo), donde se utilizaron correos hallados en Irak por Estados Unidos, previa comisión rogatoria. A pesar de la correlación adecuada en origen, el tribunal español consideró que no se cumplían los estándares españoles de garantías y anuló parte de la investigación.

En el caso inverso, durante la invasión de Afganistán, marines británicos intervinieron un ordenador semiquemado en el campo de Kandahar. Tras análisis de inteligencia, el material llegó al juez británico correspondiente. El ponente, que investigaba en España la Operación Dátil (cédula de Al Qaeda en España), solicitó la trazabilidad completa: el material fue llevado a Londres, puesto a disposición del juez, legalizado y oficializado. Se cursó comisión probatoria y la prueba fue utilizada, resultando clave para condenar al líder de la organización en España; la condena fue confirmada por el Tribunal Supremo.

Se concluye con una advertencia: hay que tener cuidado al lanzarse al vacío en la crítica, especialmente cuando se trata de pruebas obtenidas en el extranjero. La crítica ético-moral y social depende también de cómo se cuenten las cosas.

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